Artículo 7. Norma Foral 3/2026, de 12 de junio, Gipuzkoa, impuesto sobre estancias turísticas en los municipios de Gipuzkoa
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»Artículo 7. Responsables solidarios de la deuda tributaria.
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Responderán solidariamente del ingreso de las deudas tributarias correspondientes a las cuotas devengadas por las estancias las personas físicas o jurídicas que contraten directamente dichas estancias con las personas contribuyentes o que actúen como intermediarias en su contratación, cuando intervengan en la formalización de la reserva o en el cobro del precio de la estancia.
