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Articulo 7 NORMAFORAL7/2015,de23dediciembre,porlaqueseapruebandeterminadasmodificacionestributarias.

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Artículo 7. Modificación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

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Se añade una letra d) al artículo 4.5 de la Norma Foral 14/1989, de 5 de julio, del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, con el siguiente contenido:

«d) Una bonificación de hasta el 90 por 100 a favor de un sólo vehículo turismo de cinco o más plazas, cuya titularidad recaiga en algún miembro de la familia, en los supuestos en que ésta tenga la consideración de familia numerosa de acuerdo con la legislación vigente».