Artículo 7 ORDEN de 17 d..., P. Vasco

Artículo 7. ORDEN de 17 de marzo de 2026, P. Vasco

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Artículo 7. Requisitos para la homologación de planes de formación.

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1.- Las instituciones y entidades contempladas en el artículo 1 de la presente Orden, que deseen homologar sus planes formativos, deberán elaborar un plan de formación donde se recojan los objetivos y las prioridades en materia de formación, así como las necesidades formativas detectadas que vayan a integrar el plan.

Los planes de formación se orientarán a la satisfacción de las necesidades de las Administraciones públicas, estarán basados en el análisis de las necesidades formativas y deberán ser de interés para la formación del personal empleado público.

2.- Las acciones formativas que conforman el plan de formación que se desee homologar deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la presente Orden.

En consonancia con lo establecido en dicho precepto, los planes de formación no podrán incluir acciones formativas con contenidos análogos a los ofertados en los planes de formación del IVAP, salvo que la entidad solicitante justifique que la acción formativa está directamente relacionada con las necesidades específicas de su organización.

3.- Los planes de formación podrán incluir cursos organizados por el IVAP, sin embargo, en este supuesto, corresponderá al propio IVAP la expedición de los certificados correspondientes a dichas acciones formativas.

4.- Los planes de formación deberán tener una vigencia anual, y deberán incorporar formaciones específicas en aquellas materias que imponga la normativa vigente. En este sentido, y sin perjuicio de otras posibles materias, deberán contener formación básica, progresiva, permanente y obligatoria en materia de igualdad de mujeres y hombres y perspectiva de género, en los términos establecidos en la normativa sobre igualdad de mujeres y hombres.

5.- Además, para poder ser homologados deberán incluir los siguientes requisitos:

a) Informe del diagnóstico de necesidades formativo realizado.

b) Calendario de ejecución previsto.

c) Sistema de evaluación del plan.