Articulo 7 Ordenación y clasificación de apartamentos turísticos
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»Artículo 7. Obligaciones de los usuarios.
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Los usuarios de los apartamentos turísticos deberán abstenerse de:
a) Realizar obras o reparaciones o cambios de mobiliario sin autorización expresa del titular.
b) Superar la capacidad máxima fijada para el alojamiento.
c) Introducir materias o sustancias explosivas o inflamables u otras que puedan causar daño, peligro o molestias a los demás ocupantes del inmueble.
d) Realizar cualquier actividad que atente contra las normas usuales de convivencia o el régimen normal de funcionamiento del establecimiento.
e) Introducir animales contra la prohibición expresa del titular.
f) Instalar aparatos o mecanismos que alteren sensiblemente el consumo de agua, energía eléctrica y combustible.
