Articulo 7 Orientación Agraria
Artículo 7. Objetivos en el ámbito de la producción agrícola y la sanidad vegetal.
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Los objetivos de la Ley en el ámbito de la producción agrícola y la sanidad vegetal son los siguientes:
a) Adecuar la planificación y la orientación de la producción a la demanda del mercado, mediante la elaboración de planes estratégicos para varias producciones.
b) Controlar y optimizar el uso de los medios de producción, a fin de que las explotaciones agrarias sean gestionadas con la racionalización de los medios de producción y que se lleven a cabo programas de formación para la gestión de los recursos naturales.
c) Mejorar la producción agrícola y la sanidad vegetal, con la introducción de sistemas de producción respetuosos con el medio, la constitución de agrupaciones de productores que faciliten la integración de innovaciones para la mejora sanitaria y la sostenibilidad y la promoción de programas de prevención y lucha contra agentes nocivos vegetales y programas de gestión de residuos.
