Articulo 7 Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo
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Artículo 7. Obligaciones de las administraciones públicas

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Son obligaciones de las entidades públicas valencianas sujetas al ámbito de aplicación de esta ley

1. Integrar la participación ciudadana en el conjunto de sus actuaciones de manera real y efectiva, pudiendo ser presencial o telemática.

2. Establecer mecanismos de participación para que el derecho a participar sea efectivo, con especial consideración a las dificultades de la población con déficits de competencia digital, y a las necesidades específicas de los niños, niñas, adolescentes, personas mayores y otros colectivos vulnerables.

3. Realizar acciones de comunicación y difusión, inclusivas y universalmente accesibles, de los diferentes procesos de participación ciudadana con el fin de que sean conocidos por el conjunto de la ciudadanía.

4. Garantizar el acceso efectivo a la participación ciudadana de todas las personas en condiciones de equidad, sin ningún tipo de discriminación y facilitar el acceso desde la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres en general y para las personas que pertenecen a colectivos vulnerables, así como adoptar las medidas necesarias para conseguir la participación de todas ellas.

5. Fomentar e incentivar una cultura participativa a través, entre otros instrumentos, de la formación de la ciudadanía y de programas de educación orientados a promover la participación efectiva de la infancia y la juventud.

6. Establecer medidas de fomento, promoción y apoyo al derecho de asociación y al asociacionismo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

7. Promocionar el ejercicio efectivo del derecho a la participación ciudadana a través de las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente a través de la configuración de espacios interactivos en sus sedes electrónicas, portales o páginas webs.

8. Adecuar su estructura y funcionamiento para garantizar el ejercicio de los derechos de participación y asegurar la formación del personal a su servicio en esta materia.

9. Impulsar la suscripción de redes y alianzas con otras administraciones públicas y entidades, públicas o privadas, para colaborar y cooperar en el desarrollo del derecho de la participación ciudadana.