Articulo 7 y Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de Andalucía
7. Implantación y mantenimiento.
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Tras la aprobación del Plan, son necesarias una serie de acciones (dispuestas en el Anexo 8) encaminadas a garantizar que los procedimientos de actuación previstos en el PTEAnd sean plenamente operativos, asegurando su actualización y adaptación a posibles cambios.
En este sentido podemos distinguir dos ámbitos temporales: implantación y mantenimiento.
7.1. Implantación.
Tras el proceso de aprobación del PTEAnd, se establecerá una fase de implantación dirigida a su puesta en funcionamiento y a posibilitar el desarrollo y operatividad del mismo.
El proceso de implantación se llevará a cabo en un plazo máximo de un año y conllevará las acciones que se enumeran a continuación.
7.1.1. Nombramiento y constitución de los órganos de la estructura.
Se procederá al nombramiento de las personas que compongan los distintos órganos y grupos. El listado que se genere debe ser actualizado cada vez que algún miembro sea sustituido por otra persona.
Las acciones concretas serán las siguientes:
o Nombramiento de los y las componentes del Comité Asesor, Gabinete de Información y Comité de Operaciones.
o Constitución de los órganos de la estructura del PTEAnd.
7.1.2. Medios y recursos.
En relación a los medios y recursos se realizarán las siguientes actuaciones:
o Desarrollo del catálogo de medios y recursos y su actualización.
o Comprobación de los medios y recursos propios y externos.
o Ampliación y optimización de las redes de comunicaciones.
o Implementación y comprobación de los sistemas de aviso a la población.
o Actualización y desarrollo del sistema de información geográfica.
o Elaboración de fichas con información relevante.
o Elaboración de procedimientos de movilización y actualización.
o Posibles acuerdos con otras administraciones, empresas públicas y/o privadas.
7.1.3. Procedimientos de actuación.
Al objeto de una adecuada coordinación de los distintos elementos de la estructura del Plan, se establecerán los procedimientos de actuación de los servicios implicados en relación con cada uno de ellos en el marco del PTEAnd.
7.1.4. Programación de formación continua.
Se establecerán programas de formación y capacitación para los servicios implicados y para el gabinete de información.
En los programas de formación se tendrá en cuenta el Catálogo de Especialidades Formativas de la Formación Profesional para el Empleo, que inserta la familia profesional de «Seguridad y Medio Ambiente», en la que se encuentra la especialidad formativa denominada «Planes de Evacuación y Emergencias», así como otras acciones formativas conducentes a la obtención de Certificados de Profesionalidad.
7.1.5. Programación de información y divulgación.
Se desarrollarán programas de información y divulgación dirigidos a las entidades locales, la ciudadanía y los integrantes de los servicios.
Los programas de información a las entidades locales estarán dirigidos a proporcionar los datos básicos y necesarios para el desarrollo y la adecuación de los planes de emergencia de ámbito local. El contenido versará sobre:
o Actuaciones básicas en el ámbito local.
o Acopio y suministro de información sobre medios y recursos.
o Apoyo en la toma de decisiones. Coordinación con el CECOPAL.
o Difusión de consejos para la población.
o Procedimientos de integración en planes de ámbito superior.
o Estudio para la elección e implantación de los sistemas de aviso en caso de emergencia. Se considerará el alcance de las consecuencias, la densidad y distribución de la población y la tipología del emplazamiento.
En cuanto a la ciudadanía, dentro de la fase de implantación, se acometerá una política informativa de cara a la divulgación del Plan entre la población a fin de facilitar la familiarización de ésta con las medidas de protección. Se realizarán campañas, con los siguientes contenidos:
o Divulgación e información pública sobre el Plan.
o Información de tipo preventivo para trasladar conocimientos sobre los riesgos potenciales, así como sobre las medidas de prevención y protección.
o Información sobre los mecanismos y sistemas de comunicación con la población.
o Divulgación de medidas de autoprotección.
o Información sobre colaboración y apoyo en tareas de voluntariado.
Los integrantes de los servicios recibirán información del Plan por parte de sus responsables.
Se tendrá en cuenta el cumplimiento de no discriminación por razón de sexo en aquellas campañas de información y divulgación que se lleven a cabo de acuerdo con el artículo 4.10 y en el artículo 57 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, lo cual implica que se especificará que el lenguaje verbal y escrito utilizado en las campañas divulgativas de información habrán de respetar el principio de igualdad de género y no reproducir sesgos sexistas.
7.1.6. Comprobación de la eficacia del modelo implantado.
Se comprobará la eficacia del modelo implantado mediante ejercicios y simulacros y, como consecuencia, se analizarán las posibles mejoras.
La finalidad es la de evaluar la operatividad del Plan respecto a las prestaciones previstas y adoptar las medidas correctoras pertinentes o revisar su operatividad, si fuese necesario. En este sentido, deben establecerse criterios para la evaluación de la coordinación de las actuaciones y la eficacia de éstas. Se comprobará la respuesta (calidad, rapidez y eficacia) con relación a:
o Sistemas de localización y redes de transmisiones.
o Sistemas de aviso a la población.
o Actuación de los operativos.
o Estructura de coordinación y dirección.
o Medidas de actuación previstas.
En el plazo máximo de un mes se redactarán informes sobre los resultados de los ejercicios realizados y una valoración final. Éstos servirán de base para las adaptaciones en el Plan con la finalidad de obtener una mayor coherencia y efectividad de la respuesta frente a situaciones de emergencia.
Se dispondrá de una guía para la realización y valoración de ejercicios y simulacros. Se deberá realizar, al menos, un simulacro al año.
Las actuaciones que se consideren dentro del marco de las comprobaciones, ejercicios y simulacros del PTEAnd deben desarrollarse bajo los criterios de la Dirección del Plan, así como aquellas actividades de formación e información igualmente relacionadas con el PTEAnd. Por consiguiente, la autorización de ejercicios y simulacros corresponde a la persona titular de la Dirección del Plan.
Por último, se tendrá en cuenta que la población de mujeres es mayor a la de los hombres y, especialmente, en el segmento de la población más vulnerable (personas mayores de 70 años).
7.2. mantenimiento.
Se procederá al mantenimiento del PTEAnd para el correcto desarrollo del mismo. Habrá que llevar a cabo una serie de acciones en las que podemos distinguir la actualización y la revisión.
7.2.1. Actualización.
Se procederá a la actualización del PTEAnd a partir de enero del año siguiente a la implantación.
Para mantener la vigencia del PTEAnd, se llevará a cabo un conjunto de medidas que garanticen su permanente adecuación y capacidad de respuesta. Ello implica la realización de comprobaciones, ejercicios y simulacros, así como actividades de formación e información.
Se recogerán las modificaciones referidas tanto a los aspectos organizativos como operativos. Las modificaciones y/o ampliaciones serán puestas en conocimiento de los integrantes.
Las actualizaciones sólo afectarán a los anexos y no darán lugar a un nuevo Plan. Se acreditarán mediante resolución de la persona titular de la dirección general competente en materia de protección civil.
La actualización está dirigida a garantizar que el Plan sea operativo.
En la programación de actualización se recogerán las modificaciones referidas tanto a los aspectos organizativos como operativos. Se realizará con periodicidad anual. Estará dirigida a la incorporación de modificaciones de carácter ordinario, tales como:
o Comprobación de los nombramientos de los componentes del Comité Asesor, Gabinete de Información y Comité de Operaciones.
o Verificación de la vigencia de los análisis de riesgos.
o Actualización del Catálogo de Medios y Recursos.
o Programas de formación de la estructura del Plan.
o Programas de divulgación a las entidades locales, a las entidades públicas y privadas, a la ciudadanía y a los operativos.
o Comprobación de la eficacia del modelo implantado.
Tras la actualización anual, se elaborará una memoria en la que se valore la aplicación y funcionamiento del Plan.
7.2.2. Evaluación y revisión.
Las actividades de evaluación tienen por objeto determinar las acciones de mejora del Plan.
El PTEAnd, así como el resto de planificación de emergencias de protección civil, incluirá un informe de evaluación basado en el análisis crítico de sus activaciones, así como en el conocimiento y estado de la técnica.
Las activaciones en las situaciones operativas 2 y 3 darán lugar a una evaluación específica de cada una de ellas.
La evaluación de la activación del Plan conllevará un informe en el que, como mínimo, se analizarán los siguientes aspectos:
o Procedimiento de activación del Plan.
o Evaluación de las actuaciones de los integrantes de la estructura.
o Deficiencias observadas en los procedimientos de actuación.
o Tiempos de respuesta.
o Información y avisos a la población.
o Actuaciones en la fase de recuperación.
o Acciones de mejora del Plan.
Las actuaciones de revisión están dirigidas a la reestructuración y complementación del PTEAnd con relación a cambios estables en el objeto y contenidos del mismo, que pueden estar motivados por causas técnicas o de ordenación administrativa y normativa.
Las revisiones se realizarán cada cinco años, salvo causa motivada, y pueden dar lugar a un nuevo Plan que conllevaría la aprobación por el Consejo de Gobierno. En el caso de que la revisión no conllevase un nuevo Plan, se reflejará en una resolución de la persona titular de la consejería competente en materia de protección civil.
Toda aquella alteración en el contenido del Plan que afecte a la organización del mismo deberá ser comunicada con la suficiente antelación, con el fin de mantener la vigencia y operatividad del mismo. Dicho compromiso se extiende a todos los organismos y entidades que participan en el Plan.
