Articulo 7 Presupuestos 2004 Canarias
Artículo 7. Vinculaciones específicas.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Los créditos consignados en el Fondo Canario de Financiación Municipal son vinculantes a nivel de Sección, Servicio y Programa, incluidos los que tengan la condición de ampliables, por lo que a estos últimos no les será de aplicación la vinculación establecida en el artículo 5.7.
2. Los créditos consignados en los programas 421B, 422B, 422C, 422K y 423C, del Capítulo VI de la Sección 18, Servicio 05, afectos al Plan Integral de Empleo de Canarias, son vinculantes a nivel de Sección, Servicio y Capítulo.
3. Los créditos consignados en el Programa 442F del Capítulo VI de la Sección 12, Servicio 09, cofinanciados con el Fondo de Cohesión, son vinculantes a nivel de Sección, Servicio, Programa y Capítulo.
4. Los créditos consignados en los proyectos destinados a la financiación de las expropiaciones y otras actuaciones derivadas del convenio de colaboración celebrado entre el Ministerio de Fomento y el Gobierno de Canarias en materia de carreteras el 16 de abril de 1997, son vinculantes a nivel de Sección, Servicio, Programa y Capítulo.
5. Los créditos consignados en los proyectos destinados a la financiación de las actuaciones y proyectos derivados del convenio celebrado con la empresa Viviendas Sociales e Infraestructuras de Canarias, S. A., al amparo de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 5/1996, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1997, para actuaciones en materia de carreteras y otras infraestructuras de interés general, son vinculantes a nivel de Sección, Servicio, Programa y Capítulo.
6. Los créditos consignados en el Programa 513J del Capítulo VII de la Sección 16, Servicio 05, afectos al cumplimiento del convenio de colaboración celebrado entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Gobierno de Canarias para actuaciones en infraestructuras de costas el 6 de febrero de 1998, son vinculantes a nivel de Sección, Servicio, Programa y Capítulo.
7. Los créditos consignados en el Programa 714I de los capítulos IV, VI y VII de la Sección 13, Servicio 09, cofinanciados con el Instrumento Financiero de Ordenación de la Pesca (IFOP), son vinculantes a nivel de Sección, Servicio, Programa y Capítulo.
8. Los créditos consignados en los capítulos IV y VII del Programa Presupuestario 313D, Servicio 07 y Sección 23 destinados a financiar acciones en el marco del Plan de Infraestructura Sociosanitaria para Personas Mayores, son vinculantes a nivel de Sección, Servicio, Programa y Capítulo.
9. Los créditos del Instituto Canario de la Vivienda consignados en el Programa 431B, del Capítulo VI de la Sección 11, Servicio 01, destinados a la construcción de viviendas de promoción pública y a la erradicación de la infravivienda, son vinculantes a nivel de Sección, Servicio, Programa y Capítulo.
10. Los créditos del Instituto Canario de la Vivienda consignados en el Programa 431D, del Capítulo VII de la Sección 11, Servicio 01, destinados al Plan Canario de Vivienda, al Programa Especial Canario de Vivienda, adquisición de viviendas ya construidas y a la rehabilitación de viviendas, excluidas las rurales, son vinculantes a nivel de Sección, Servicio, Programa y Capítulo.
