Artículo 7 Presupuestos Generales 2025 de la Comunidad Autónoma de Cantabria
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»Artículo 7. Créditos ampliables.
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De conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria, se consideran ampliables hasta una suma igual a las obligaciones que sea preciso reconocer, previo el cumplimiento de las formalidades legalmente establecidas o de las que se establezcan, los créditos incluidos en el Anexo I de la presente Ley.
