Articulo 7 Prevención y e...forestales

Articulo 7 Prevención y extinción de incendios forestales

Ver Indice
»

Artículo 7.

Derogado
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Con carácter general, se somete al régimen de autorización administrativa previa la ejecución de operaciones culturales con empleo de fuego en fincas agrícolas o forestales, así como la quema de residuos forestales, agrícolas o de otra naturaleza, en cualquier época del año.