Articulo 7 procedimiento para la presentación telemática de autoliquidaciones tributarias
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Articulo 7 procedimiento para la presentación telemática de autoliquidaciones tributarias

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Artículo 7. Deficiencias en la transmisión de datos.

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En caso de que la validación fuese rechazada, se mostrarán mediante mensajes de error en pantalla las anomalías detectadas para su rectificación con el mismo programa de ayuda y su posterior reenvío. Si los errores fueran insubsanables y la operación no pudiera ser realizada, el presentador deberá optar por iniciar de nuevo la presentación telemática o hacerla con carácter presencial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-04-2012 en vigor desde 20-04-2012