Articulo 7 Procedimientos...de trabajo

Articulo 7 Procedimientos de selección y nombramiento de funcionarios interinos para desempeñar puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y se crean y regulan las bolsas de trabajo

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Artículo 7.- Obligación de los aspirantes a relacionarse electrónicamente con la administración autonómica.

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Los aspirantes a ocupar, de manera interina, un puesto de funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional, deberán relacionarse con la administración autonómica, para todos los procedimientos regulados en el presente decreto, a través de medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.