Articulo 7 Protección contra la contaminación acústica de Aragón
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»Artículo 7. Ordenanzas municipales.
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1. Corresponde a los ayuntamientos la elaboración y aprobación de ordenanzas municipales sobre la contaminación acústica.
2. Las ordenanzas municipales sobre contaminación acústica podrán contener aspectos que amplíen el grado de protección frente al ruido y las vibraciones establecido en esta Ley.
