Artículo 7 de protección y ordenación de la costa valenciana
Artículo 7. Gestión integrada del litoral
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1. En la gestión del litoral valenciano se adoptará un enfoque integrado, entendido como un proceso participativo, dinámico y adaptativo que, teniendo en cuenta la interrelación e interdependencia entre los fenómenos natura-les y actividades humanas, persigue un desarrollo sostenible que atienda a las esferas económica, social y ambiental, con una gestión basada en los ecosistemas para potenciar su resiliencia, contemplando los espacios en los que se percibe una interacción tierra-mar contrastada científicamente basada en los siguientes principios generales:
a) Tomar en consideración de manera integrada el conjunto de los elementos relativos a los sistemas hidrológicos, geomorfológicos, climáticos, ecológicos, socioeconómicos y culturales para no superar la capacidad de carga y de acogida del litoral y para prevenir los efectos negativos de las catástrofes naturales y del desarrollo.
b) Proteger la costa frente a la regresión del mar fruto de causas humanas o naturales y minimizar su afectación sobre las actividades humanas cuando ello no sea posible.
c) Tener en cuenta la multiplicidad y la diversidad de actividades en el litoral y dar prioridad, cuando sea necesario, a los servicios públicos y a las actividades que requieran, para los efectos de utilización y emplazamiento, la proximidad del mar.
d) Formular estrategias, planes y programas de uso del suelo que contemplen el urbanismo, las actividades socioeconómicas, así como las políticas sectoriales concurrentes.
e) Garantizar una ordenación equilibrada del territorio en los espacios terrestres del litoral y evitar una concentración y una expansión urbana innecesaria.
f) Proceder a evaluaciones preliminares de los riesgos relacionados con las diversas actividades humanas e infraestructuras a fin de evitar y de reducir sus impactos negativos en las zonas costeras.
g) Evitar que se produzcan daños en el medio ambiente costero y exigir, en su caso, la restauración a los responsables.
h) Garantizar una gobernanza y una coordinación institucional adecuadas que permitan la participación de las administraciones con competencias concurrentes en el litoral, mediante un proceso de decisión transparente, en el que se dé audiencia a las organizaciones representativas de intereses sociales.
2. La gestión integrada del litoral persigue los siguientes objetivos:
a) Preservar el litoral protegiendo su integridad, especialmente los ecosistemas costeros y los paisajes litorales, frente a la regresión producida por la acción humana o natural, teniendo debidamente en cuenta las actividades y usos existentes.
b) Facilitar mediante una planificación racional de las actividades, su desarrollo sostenible, garantizando que se tengan en cuenta el medio ambiente y los paisajes de forma conciliada con el desarrollo económico, social y cultural.
c) Prevenir y reducir los efectos de los riesgos naturales.
d) Garantizar la coherencia entre las iniciativas públicas y privadas y la coordinación de las autoridades públicas en la toma de decisiones que afecten a la utilización del litoral.
