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Artículo 7. RD. 609/2026, de 22 de julio, Ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa Auto+)

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Artículo 7. Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento de concesión y órgano responsable del seguimiento de las subvenciones.

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1. El órgano competente para ordenar e instruir los procedimientos de concesión será la Dirección General de Programas Industriales del Ministerio de Industria y Turismo.

2. El órgano competente para resolver el procedimiento de concesión de ayudas será la Secretaría de Estado de Industria.

3. A efectos de lo previsto en el artículo 88.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el órgano encargado del seguimiento de las ayudas será la Dirección General de Programas Industriales del Ministerio de Industria y Turismo.