Articulo 7 Régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad, no discri...nas con discapacidad
Articulo 7 Régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad, no discriminación y accesibilidad de personas con discapacidad
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»Artículo 7. Cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre y en la legislación autonómica.
Vigente
El abono por parte del responsable de las multas impuestas como consecuencia de una sanción establecida en esta Ley y la legislación autonómica correspondiente, no eximirá del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de sus normas de desarrollo y de las normas dictadas por las Comunidades Autónomas en ejercicio de sus competencias en esta materia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-12-2007 en vigor desde 27-03-2008