Articulo 7 Régimen jurídico de la producción y gestión de residuos y Registro General de Productores y Gestores de Residuos
Artículo 7. Documentación general para todas las actividades.
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Toda la documentación que se aporte por el interesado deberá ser original o copia compulsada.
Sin perjuicio de la documentación específica que se pueda solicitar para cada una de las actividades de producción y gestión de residuos, se aportará la siguiente documentación general:
Código de identificación fiscal de la empresa (CIF) o, en su caso, documento de nacional de identidad (DNI) del empresario individual.
En caso de persona jurídica, escritura de constitución o modificación de la sociedad inscrita en el registro mercantil.
Acreditación de la representación de la persona jurídica por cualquiera de los medios admitidos en derecho.
Datos relativos al centro o centros de trabajo en los que se va a realizar la actividad: denominación, domicilio, municipio, provincia, teléfono, fax y correo electrónico, y declaración del tipo de residuo y cantidad anual que se va a producir, gestionar o transportar, según la Lista Europea de Residuos (LER) y, para residuos peligrosos, el Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Peligrosos (anexo V) .
Certificado de destino de gestor receptor de los residuos, excepto para actividades de transporte de residuos no peligrosos, que no sean urbanos, así como peligrosos cuando el transporte se realicen si asumir la titularidad del mismo.
