Articulo 7 Reglamento de desarrollo del Régimen fiscal especial de las Illes Balears
Ver Indice
»Artículo 7. Normas particulares sobre inversiones en inmovilizado intangible.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Tendrán la consideración de conocimientos técnicos no patentados los derechos para la explotación económica de fórmulas o procedimientos secretos, los derechos sobre informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas y el conjunto no divulgado de informaciones técnicas necesarias para la reproducción industrial, directamente y en las mismas condiciones, de un producto o de un procedimiento.
