Articulo 7 Reglamento de Inspección Tributaria del THG
Ver Indice
»Artículo 7. Registro de las actuaciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Inspección de los tributos relacionará o registrará sus actuaciones con el detalle preciso para el debido control y constancia de las mismas, distinguiendo entre los distintos tipos de procedimientos y actuaciones a que se refiere el artículo anterior.
