Articulo 7 Reglamento de organizacion y funcionamiento de la Policía Foral -Derogado-
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»Artículo 7. El Área.
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1. El Área es la unidad orgánica central que ejerce diversas funciones policiales de naturaleza homogénea, correspondiéndole el mando superior, la impulsión, coordinación y control de la actividad de las Divisiones que la integran.
2. El Área será mandada por un Comisario Principal que recibirá la denominación de Jefe de Área.
3. El Jefe de Área ejercerá el mando de las funciones generales que le son inherentes en la materia propia del Área, dictando a tales efectos las directrices generales que servirán de marco a las citadas funciones.
Modificaciones
- Modificación realizada (7) por DECRETO FORAL 76/2010, de 30 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio.
(NA de 20-12-2010) en vigor desde 21-12-2010 - Artículo modificado (7) por DECRETO FORAL 103/2008, de 20 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de Organizacion y Funcionamiento de la Policia Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio.
(NA de 10-11-2008) en vigor desde 11-11-2008
