Articulo 7 Reglamento de los procedimientos de movilidad del personal funcionario de carrera de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales integrantes del sector público autonómico
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»Artículo 7. Anotaciones en el Registro Único de Personal y de Puestos de Trabajo
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Las diligencias de cese y toma de posesión del personal funcionario que acceda a un puesto de trabajo por los procedimientos de movilidad regulados en el presente decreto deberán ser tramitadas a través del sistema electrónico que gestiona el Registro Único de Personal y de Puestos de Trabajo.
