Articulo 7 Reglamento de los Servicios de Transporte Publico Urbano en Automoviles de Turismo
Ver Indice
»Artículo 7. Régimen de otorgamiento de las licencias.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El otorgamiento de las licencias de autotaxi se arbitrará conforme a las reglas establecidas en los artículos siguientes y vendrá determinado, en todo caso, por la necesidad y conveniencia del servicio a prestar al público y la calidad del servicio, así como por el alcance del umbral mínimo de rentabilidad en su explotación.
