Articulo 7 Reglamento de ... en Aragón

Articulo 7 Reglamento de las viviendas de uso turístico en Aragón

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Artículo 7. Accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.

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El cumplimiento por parte de las viviendas de uso turístico de la normativa sobre promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas será el correspondiente a los edificios de uso privado.