Artículo 7. Resolución de 30 de julio de 2026, de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal
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»Artículo 7. Regularización de cuantías mínima y máxima por hijos a cargo.
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En los supuestos en que, a instancia de las personas beneficiarias, se actualice la información sobre hijos a cargo con posterioridad al reconocimiento inicial de la prestación, si se hubiera realizado algún pago, se revisará la cuantía abonada y se regularizará según lo previsto en el artículo 34.3 del citado Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, siempre que el derecho al percibo no haya caducado.

