Articulo 7 seguimiento Medidas para hacer frente a la crisis sanitaria en Galicia -Derogado-
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»Séptimo. Eficacia, seguimiento y evaluación
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La eficacia de las medidas previstas en este decreto comenzará a las 00.00 horas del día 19 de marzo de 2021.
No obstante lo anterior, en cumplimiento de los principios de necesidad y de proporcionalidad, las medidas deberán ser objeto de seguimiento y de evaluación continua, a fin de garantizar su adecuación a la situación epidemiológica y sanitaria y a efectos, de ser necesario, de su modificación o levantamiento.
