Articulo 7 Servicios soci...-Derogada-

Articulo 7 Servicios sociales de Madrid -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 7. Naturaleza del sistema público de servicios sociales.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El sistema público de servicios sociales de la Comunidad de Madrid está constituido por el conjunto integrado y coordinado de programas, recursos, prestaciones, actividades y equipamientos destinados a la atención social de la población y gestionados por las Administraciones autonómica y local.

2. En cuanto sistema jurídico público de protección social tiene por finalidad, junto a los sistemas de seguridad social, educación, sanidad, empleo y vivienda, la mejora del bienestar social de los ciudadanos y está compuesto por el conjunto de normas, sustantivas, de organización y de procedimiento, debidamente relacionadas y compatibles entre sí, que regulan los recursos, las prestaciones y actividades de servicios sociales.

3. La responsabilidad pública que, en materia de servicios sociales, tienen las distintas Administraciones del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, faculta y obliga a cada una de ellas a realizar, en el ámbito de las competencias que se les atribuyen en el Título II de la presente Ley, las actuaciones siguientes:

a) Regular los requisitos y condiciones en que debe prestarse los servicios sociales.

b) Actuar como autoridad administrativa en las funciones de planificación, autorización y control de su funcionamiento.

c) Supervisar que se dispensan de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico que les sea de aplicación.

d) Garantizar la promoción y realización de políticas y acciones de carácter preventivo y de atención, promoción e integración social, a través de prestaciones, equipamientos y recursos humanos, gestionados por sí o mediante la participación de personas y organizaciones autorizadas.

e) Reconocer derechos personales a los ciudadanos para el acceso y disfrute de dichas prestaciones.

f) En general, cuantas actuaciones administrativas se orienten al mejor cumplimiento de los fines expresados en la presente Ley.