Articulo 7 sistema de selección en los procesos de estabilización de empleo temporal en los cuerpos de policía local
Artículo 7. Requisitos del personal aspirante de cualquiera de los sistemas de selección
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Las personas aspirantes de cualquiera de los sistemas de selección deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener nacionalidad española.
b) No tener una inhabilitación por sentencia firme para el ejercicio de la función pública, ni de separación del servicio de ninguna administración pública mediante expediente disciplinario.
c) Carecer de antecedentes penales
d) Estar en posesión de la titulación académica exigible a la escala básica.
e) Tener al menos dieciocho años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
f) Comprometerse, mediante declaración responsable, a portar armas de fuego, y si es preciso, utilizarlas.
g) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases B y A2, regulados en el Reglamento general de Conductores (Real decreto 818/2009, de 8 de mayo)
h) No sufrir enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las funciones, de acuerdo con las exclusiones médicas establecidas en el anexo II del Decreto 179/2021.
i) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,58 metros las mujeres.
