Articulo 7 Tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad de La Rioja
Artículo 7. Condiciones de uso.
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Copiloto jurídico
1. La tarjeta de estacionamiento expedida a favor y en beneficio de una persona a título particular para su utilización en los vehículos que use para sus desplazamientos será única, personal e intransferible y utilizada únicamente cuando la persona titular conduzca un vehículo o sea transportada en él. A tal efecto, en el modelo de solicitud habrá de indicarse esta circunstancia.
2. La tarjeta de estacionamiento expedida a favor de persona física o jurídica a que se refiere el artículo 6.2 será única, personal e intransferible, estará vinculada a un número de matrícula de vehículo destinado exclusivamente al transporte del colectivo de personas con movilidad reducida y será eficaz únicamente cuando el vehículo transporte de forma efectiva a personas que se encuentren en alguna de las situaciones a que se refiere el artículo 6.1.
3. La validez de la tarjeta de estacionamiento está subordinada a que su titular mantenga los requisitos exigidos para su otorgamiento.
