Articulo 7 Tercer Sector Social de La Mancha
Artículo 7. Principios de actuación.
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Las entidades del tercer sector social, así como las actuaciones que lleven a cabo por sí mismas, en colaboración con otras entidades o con el sector público, deberán responder a los siguientes principios:
a) Cooperación. El sector público de Castilla-La Mancha y las entidades del tercer sector social promoverán las condiciones necesarias para el trabajo en red.
b) Participación social. Las entidades del tercer sector social reforzarán su base social llevando a cabo acciones para mantenerla o incrementarla y favoreciendo la participación activa de los diferentes colectivos en su vida interna y en su actividad externa.
El tercer sector social colaborará con el sector público en el impulso de la participación social de la ciudadanía en el ámbito de la intervención social, ayudando a reforzar el tejido social a través de acciones de promoción de los derechos y deberes de la ciudadanía.
c) Solidaridad y justicia. Las entidades del tercer sector social promoverán el voluntariado y la ayuda mutua. Además, prestarán especial atención a las situaciones que afrontan quienes, por distintos motivos, no acceden a los sistemas de responsabilidad pública, procurando, en colaboración con el sector público, que no queden desatendidas sus necesidades básicas y que puedan contar con apoyo para iniciar procesos de inclusión.
d) Responsabilidad pública y corresponsabilidad en la inclusión social. Las entidades del tercer sector social y las Administraciones públicas garantizarán una actuación dirigida al ejercicio de los derechos de la ciudadanía y colaborarán en el acceso al empleo, la vivienda, los servicios sociales, la educación y la salud, entre otros aspectos, promoviendo la consolidación y el despliegue de los sistemas de responsabilidad pública y contribuyendo, igualmente, a sostener y apoyar a las familias y otras redes de solidaridad, ayuda mutua y apoyo informal.
e) Transversalidad de las actuaciones orientadas a la inclusión social. Las Administraciones públicas de la región y las entidades del tercer sector social, cuando desarrollen planes, programas y acciones en el ámbito de la intervención social, impulsarán la colaboración con todos los sistemas de responsabilidad pública y ámbitos relacionados con la protección social y las políticas sociales. Así mismo, impulsarán acciones para que las políticas y líneas de actuación de carácter general, en cualquier ámbito de actuación pública, tengan en cuenta las necesidades y demandas de las personas y de los grupos que se encuentren en situación de vulnerabilidad, pobreza y/o exclusión social, desprotección, discapacidad o dependencia.
