Articulo 7 TR. Ley de Hacienda
Artículo 7. Competencias del Consejo de Gobierno.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
En las materias objeto de esta ley, corresponden al Consejo de Gobierno las siguientes funciones:
a) La determinación de las directrices básicas de la política económica y financiera de la Administración Regional, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía.
b) El ejercicio de la potestad reglamentaria dentro del marco establecido por la Ley.
c) La aprobación del proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su remisión a las Cortes de Castilla-La Mancha.
d) La aprobación de los proyectos de Ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.
e) Las demás funciones y competencias que le atribuyan las leyes.
- Artículo modificado (7) por Ley 1/2023, de 27 de enero, de Medidas Administrativas, Financieras y Tributarias de Castilla-La Mancha. [2023/709]
(CM de 31-01-2023) en vigor desde 01-02-2023
