Articulo 7 TR. de la Ley reguladora de los residuos de Cataluña
Artículo 7. Medidas de actuación
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las medidas que la Administración de la Generalidad adopte en el marco de esta Ley tendrán los objetivos siguientes:
a) Informar y asesorar sobre la utilización de tecnología adecuada para conseguir la reducción progresiva de la producción de los residuos y de su peligrosidad y fomentar el tratamiento en origen.
b) Fomentar la valorización de residuos para obtener materias primas o energía, o bien para cualquier otra utilización.
c) Evitar el abandono incontrolado de los residuos y restaurar las áreas degradadas por descargas incontroladas.
d) Prevenir las dificultades de la eliminación de determinados residuos.
e) Promover el desarrollo de las infraestructuras físicas y de gestión necesarias, ya sea directamente ya sea mediante la cooperación con otros organismos públicos o privados.
f) Fomentar e impulsar sistemas organizados de gestión de residuos.
g) Cualquier otro que derive de la aplicación de la normativa básica del Estado y la normativa de la Unión Europea.
