Articulo 7 Transparencia,...de Interés

Articulo 7 Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés

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Artículo 7. Información de relevancia jurídica

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Además de la información prevista en el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, los sujetos del artículo 2.1 a), b) y c) de la presente Ley publicarán:

a) Las alegaciones formuladas por terceros en trámites de participación, información pública o audiencia en expedientes de elaboración de anteproyectos de ley y de proyectos de decretos legislativos y de disposiciones de carácter general.

b) Los informes de sus Servicios Jurídicos en el ejercicio de funciones consultivas de carácter preceptivo.

c) El catálogo actualizado de los procedimientos administrativos de su competencia, con indicación del objeto, trámites, plazos, sentido del silencio administrativo y recursos procedentes, así como, en su caso, los formularios que tengan asociados. Se indicarán, específicamente, aquellos procedimientos que admitan, total o parcialmente, tramitación electrónica, así como aquellos en los que sea posible la participación ciudadana.

d) Los actos administrativos, las declaraciones responsables y las comunicaciones previas que puedan tener incidencia sobre el dominio público o la gestión de los servicios públicos, y aquellos otros en que lo aconsejen razones de especial interés público.

e) Los actos que hayan sido objeto de un procedimiento de revisión en vía administrativa.

f) Una versión consolidada, sin valor oficial, de las disposiciones de carácter general del Principado de Asturias, cualquiera que sea su rango.