Articulo 70 Administración y Sector Público Institucional Foral
Artículo 70. Contenido del Portal Web del Gobierno de Navarra.
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En el Portal Web del Gobierno de Navarra la ciudadanía podrá acceder, como mínimo, a la siguiente información:
a) El Boletín Oficial de Navarra.
b) Las disposiciones legales y reglamentarias, debidamente actualizadas, emanadas de la Comunidad Foral de Navarra aplicables en las materias de mayor interés para la ciudadanía.
c) La estructura organizativa de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral. En la estructura de la Administración Pública Foral, se identificará a las personas responsables hasta el nivel de negociado, o equivalente, con una dirección de correo electrónico.
d) El inventario de órganos colegiados de la Administración Pública Foral.
e) Los Presupuestos Generales de Navarra y las Cuentas Generales de Navarra aprobados por el Parlamento de Navarra.
f) Los servicios que se ofertan a la ciudadanía y la relación de procedimientos de su competencia, con indicación, como mínimo, de los siguientes aspectos: órgano competente para la resolución; las normas en que se concreta la regulación del procedimiento; los plazos máximos para resolver y notificar; y los efectos del silencio administrativo.
g) Las convocatorias relacionadas con la función pública, así como sus principales actos de trámite y resultados.
h) Las convocatorias relacionadas con la concesión de subvenciones públicas.
i) El Portal de Contratación de Navarra a que hace referencia la legislación de contratos.
j) El Registro de Planeamiento Urbanístico a que hace referencia la legislación sobre ordenación del territorio y urbanismo, que contendrá, actualizada, la normativa de los planes urbanísticos.
k) El mapa oficial de carreteras de Navarra a que hace referencia la legislación foral de carreteras.
l) El acceso al buzón de sugerencias, reclamaciones y quejas.
m) Los vínculos con los registros administrativos en los que sea preceptiva la inscripción por mandato legal o reglamentario.
n) Los accesos a la sede electrónica y al Punto de Acceso General Electrónico de la Administración Pública Foral.
ñ) La relación actualizada de oficinas de asistencia en materia de registros en las que se prestará asistencia para la presentación electrónica de documentos, con indicación de los días y el horario en que las mismas permanecerán abiertas.
o) El calendario de días inhábiles a efecto de cómputo de plazos que comprenderá los de las entidades locales.
p) Los modelos actualizados de comunicación responsable y comunicación previa.
q) El directorio de aplicaciones que la Administración Pública Foral deberá mantener actualizado para su libre reutilización, de conformidad con lo dispuesto en el Esquema Nacional de Interoperabilidad.
r) Los contenidos y las funcionalidades que se establezcan como obligatorias para los sitios web en la normativa de reutilización, accesibilidad y transparencia.
s) Otras informaciones que se consideren de interés general o sean exigidas legal o reglamentariamente.
