Articulo 70 Coordinación ...Valenciana

Articulo 70 Coordinación de policías locales de C. Valenciana

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Artículo 70. Formación para el desarrollo profesional

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Esta ley garantiza la capacitación, formación y actualización profesional de quienes integren las policías locales de la Comunitat Valenciana.

El órgano autonómico que tenga atribuida la titularidad de la competencia en materia de seguridad llevará a cabo las acciones formativas que puedan garantizar, con carácter permanente, una formación profesional para el adecuado cumplimiento de las funciones policiales.