Articulo 70 Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
Ver Indice
»Artículo setenta
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La rehabilitación de los Fiscales separados disciplinariamente se regirá, en cuanto les sea de aplicación, por lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial para Jueces y Magistrados.
