Articulo 70 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
Artículo 70. Convenio de adscripción.
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Los términos en que se realice la adscripción deberán recogerse en un convenio en el que quedarán especificados, al menos, los siguientes aspectos.
a) Duración de la adscripción y condiciones de resolución y renovación de aquella, garantizándose el derecho de los estudiantes a completar el plan de estudios.
b) Sistema de financiación y procedimiento de control de los gastos del centro.
c) Procedimiento de designación y régimen de sus profesores.
d) Determinación de la iniciativa que corresponde a la UNED en la elaboración del plan de estudios, en la dirección y gobierno del centro y en el control de conocimientos de los estudiantes.
e) Compromiso de impartir las enseñanzas programadas durante todo el plazo de duración del convenio.
