Articulo 70 Gestión del a... migración

Articulo 70 Gestión del asilo y la migración

Ver Indice
»

Artículo 70. Otras obligaciones

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los Estados miembros mantendrán informada a la Comisión, en particular al coordinador de la UE para la solidaridad, sobre la aplicación de las medidas de solidaridad, entre ellas, las medidas de cooperación con un tercer país.