Articulo 70 Gobierno de A... de Aragon

Articulo 70 Gobierno de Aragon, por el que se aprueba el Reglamento de Territorio y Poblacion de las Entidades Locales de Aragon

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Artículo 70. Concepto.

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La capitalidad del municipio corresponde al núcleo de población donde se encuentre la sede oficial del Ayuntamiento.