Articulo 70 Reglamento de Espectáculos Taurinos de Navarra
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»Artículo 70. Quites.
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1. Durante la ejecución de la suerte de varas, todos los espadas participantes se situaran a la izquierda del picador. El espada a quien corresponda la lidia, dirigirá la ejecución de la suerte e intervendrá el mismo siempre que lo estimare conveniente.
2. No obstante lo anterior, después de cada puyazo, el resto de los espadas, por orden de antigüedad, realizaran los quites. Si alguno de los espadas declinase su participación correrá el turno.
