Articulo 70 sobre contrat...2004/18/CE

Articulo 70 sobre contratación pública y que se deroga la Directiva 2004/18/CE

Ver Indice
»

Artículo 70. Condiciones de ejecución del contrato

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los poderes adjudicadores podrán establecer condiciones especiales relativas a la ejecución del contrato, siempre que estén vinculadas al objeto del contrato, en el sentido del artículo 67, apartado 3, y se indiquen en la convocatoria de licitación o en los pliegos de la contratación. Dichas condiciones podrán incluir consideraciones económicas o relacionadas con la innovación, consideraciones de tipo medioambiental, social, o relativas al empleo.