Articulo 70 Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés
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»Artículo 70. Estatuto
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El Consejo de Gobierno aprobará, mediante decreto, previo informe favorable del Pleno del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno del Principado de Asturias, en el que se establecerán su organización, estructura, funcionamiento, así como todos los aspectos que sean necesarios para el cumplimiento de sus fines.
