Articulo 71 Adecuación de normas a Directiva 2006/123/CE, servicios en el mercado interior
Artículo 71
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Se modifica el artículo 40, que pasa a tener la redacción siguiente:
"Artículo 40
"Otras funciones
"Como entidades de base asociativa privada, los colegios profesionales ejercen las actividades siguientes:
"a) Fomentar y prestar servicios en interés de las personas colegiadas y de la profesión en general.
"b) Poner a disposición de los y las profesionales toda la información necesaria para acceder a la profesión y para su ejercicio, facilitándoles la gestión de los trámites relacionados con la colegiación y el ejercicio profesional.
"c) Gestionar el cobro de las remuneraciones y de los honorarios profesionales a petición de las personas colegiadas, de acuerdo con lo que establezcan los estatutos respectivos.
"d) Intervenir, por vía de mediación o de arbitraje, en los conflictos profesionales que se puedan dar entre personas colegiadas o entre éstas y terceras personas, siempre que lo soliciten de común acuerdo las partes implicadas.
"e) Colaborar con las asociaciones y otras entidades representativas de los intereses ciudadanos directamente vinculadas con el ejercicio de la profesión colegiada.
"f) Facilitar a las personas usuarias y consumidoras información en materia de honorarios profesionales respetando siempre el régimen libre competencia.
"g) Poner a disposición de las personas usuarias y consumidoras destinatarias de los servicios profesionales, y también de las personas colegiadas, la información sobre los estatutos colegiales; los códigos deontológicos y de buenas prácticas de la profesión; los datos profesionales de las personas colegiadas; las vías de reclamación y quejas relativas a la actividad colegial o de las personas colegiadas; los recursos que se pueden interponer en caso de conflicto, y las medidas necesarias para hacer efectivas las obligaciones mencionadas.
"h) Custodiar, a petición del o de la profesional y de acuerdo con los estatutos, la documentación propia de su actividad que se vean obligados a guardar de conformidad con la normativa vigente."
