Artículo 71 Presupuestos Generales 2025 de la Comunidad Autónoma de La Rioja
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»Artículo 71. Tasas.
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1. Se mantienen para el año 2025 las tarifas de cuantía fija de las tasas en la cuantía exigible en 2024.
2. Las tasas y otros ingresos correspondientes a servicios que se transfieran con posterioridad al 1 de enero del año 2025, y que no hayan sido regulados por la Comunidad Autónoma, se regirán por la normativa que les sea aplicable con carácter general.
