Articulo 71 Producto paneuropeo de pensiones individuales (PEPP)
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Artículo 71. Tratamiento de los datos personales.

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En lo que respecta al tratamiento de los datos personales en el marco del presente Reglamento, los promotores de PEPP, los distribuidores de PEPP y las autoridades competentes realizarán sus tareas a efectos del presente Reglamento de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y con la Directiva 2002/58/CE. En lo que atañe al tratamiento de los datos personales por la AESPJ con arreglo al presente Reglamento, la AESPJ se ajustará a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-07-2019 en vigor desde 14-08-2019