Articulo 716 Ley de Enjuiciamiento Criminal
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Articulo 716 Ley de Enjuiciamiento Criminal

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Artículo 716.

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El testigo que se niegue a declarar incurrirá en la multa de 200 a 5.000 euros, que se impondrá en el acto.

Si a pesar de esto persiste en su negativa, se procederá contra él como autor del delito de desobediencia grave a la Autoridad.