Artículo 72 Acuerdo resp..., por otra

Artículo 72. Acuerdo respecto a Gibraltar entre la UE y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido e Irlanda del Norte, por otra

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Artículo 72. Objetivo

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El presente capítulo tiene como objetivo establecer relaciones de cooperación entre Europol y las autoridades competentes del Reino Unido, respecto a Gibraltar, a fin de respaldar y reforzar la acción de los Estados miembros y del Reino Unido, respecto a Gibraltar, así como su cooperación mutua en la prevención y la lucha contra los delitos graves, el terrorismo y las formas de delincuencia que afectan a un interés común amparado por una política de la Unión, tal y como se menciona en el artículo 75.