Articulo 72 Arancel de de...tribunales

Articulo 72 Arancel de derechos de los procuradores de los tribunales

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Artículo 72. Recurso de súplica y revisión.

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1. El procurador devengará, en los recursos de súplica contra providencias y autos, la suma de 26 euros.

2. Igual cantidad devengará por la revisión de diligencias de ordenación, proposiciones y similares.