Articulo 72 Directrices de Ordenación Territorial y Medidas Tributarias
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 72.
Vigente
El Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears establecerá las condiciones para el suministro de energía eléctrica en suelo rústico e impondrá condiciones de integración ambiental para su autorización.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-04-1999 en vigor desde 18-04-1999