Articulo 72 Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad en Cantabria
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»Artículo 72. Disposiciones generales.
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El régimen sancionador aplicable en el ámbito de esta Ley será el establecido en los Capítulos I y II del Título III del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, y en este título.
