Articulo 72 Presupuestos 2013 Galicia

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Artigo 72. Impuesto sobre el patrimonio.

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Se introduce un artículo 13 bis en el Texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto legislativo 1/2011, de 28 de julio, quedando redactado como sigue:

Artículo 13 bis. Cuota íntegra

La base liquidable del impuesto se gravará a los tipos de la escala siguiente:

Base liquidableHasta eurosCuotaEurosResto base liquidableHasta eurosTipo aplicablePorcentaje
0,000,00167.129,450,24
167.129,45401,11167.123,430,36
334.252,881.002,76334.246,870,61
668.499,753.041,66668.499,761,09
1.336.999,5110.328,311.336.999,501,57
2.673.999,0131.319,202.673.999,022,06
5.347.998,0386.403,585.347.998,032,54
10.695.996,06222.242,73En adelante3,03